Desde el 1 de mayo, los facturadores deben hacerlo como lo indica el anexo 1.9 de la resolución 165 de 2023. Si necesita expresar la venta en otros idiomas o monedas adicionales a los oficiales, podrá hacerlo en los campos indicados del formato XML de la factura. Consulte el concepto unificado sobre facturación electrónica.
https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_1509_2024.htm
Tomado de LinkedIn DIAN Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
